El Ejecutivo Nacional decretó la exoneración de pago de Impuestos Sobre la Renta a productores agrícolas, este jueves mediante Gaceta Oficial N° 41.678 con la intención de atender el sector agroalimentario, e incentivar la inversión este sector estratégico.
“Se exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta, los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, en los subsectores vegetal, pecuario, forestal, pesquero y acuícola”, reza el Decreto N° 3.920, que también establece la medida como incentivo a la producción primaria.
Así mismo señala que el beneficio de exoneración de impuestos tiene por objeto con la protección al productor y a los rubros nacionales, promoviendo el desarrollo e incentivando al sector agropecuario, a través de este instrumento fiscal, garantizando el crecimiento en la producción, la promoción y mejoramiento de la infraestructura, y de los servicios fundamentales en las zonas rurales, así como la protección al productor y a los productos nacionales.
Según la resolución publicada “se entiende por explotación primaria la simple producción de frutos, productos o bienes que se obtengan de la naturaleza, siempre que éstos no se sometan a ningún proceso de transformación o de industrialización”.
Para el disfrute del beneficio previsto en este Decreto, las personas que realicen las actividades cuyos enriquecimientos se exoneran, deberán actualizar los datos del Registro Único de Información Fiscal (RIF), conforme a las disposiciones dictadas por la Administración Tributaria.