Carora, su pueblo y su alcalde / Ramón Guillermo Aveledo
- Opinión
- 15/11/2024
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Barquisimetano con ancestro cabudareño como soy, saben ustedes que Carora tiene un lugar muy especial en mis afectos. Su fundamento son amistades entrañables, largos años de visitas y trabajo en su extenso y variado municipio cuyo paisaje geográfico y humano no me esconde secretos, viva simpatía por esa personalidad singular de los caroreños, admiración por grandes venezolanos que son hijos suyos, como Ramón Pompilio y Chío, Pastor Oropeza y los dos Ambrosios, Perera y Oropeza, Monseñor Montes de Oca y Alirio Díaz, Guillermo Morón y Rodrigo Riera, para dejar la cuenta chiquita y cómo no, afición compartida por su colosal gastronomía, me ligan a esa tierra áspera y brava, como la llamaba Luis Beltrán Guerrero, otro grande en la escritura magnífica y el apetito voraz.
Nada de lo que ocurre en Carora me es indiferente. Por eso no puedo callar ante la sañuda persecución de la que ha sido objeto el alcalde Javier Oropeza, electo por el pueblo torrense para gobernarlo y que en tres años de gestión intensa ha demostrado competencia, disposición al diálogo con todos, dedicación integral al cumplimiento de su deber y la mayor responsabilidad. Lo atestiguo no sólo por la amistad que me une a él y a su familia, sino porque me consta. El suyo es un liderazgo afianzado en el reconocimiento de todos los sectores de la sociedad y el afecto popular que parece lo más difícil de perdonar por la mezquindad de algunos.
En noviembre del año pasado fue la vez más reciente que estuve por esos lados, justamente para la Feria de Proyectos de Desarrollo Económico Local, en el Teatro Alirio Díaz, fruto elocuente del trabajo concertado, participativo y protagónico como dice la Constitución, entre el gobierno municipal, la sociedad civil y el empresariado de allá. Sinceramente, daba gusto.
En medio de una campaña feroz de señalamientos sin fundamento y amenazas, primero fueron la casa familiar, la finca y el periódico. Luego, el Concejo Municipal declaró su ausencia y designó reemplazante, en violación flagrante de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, cuyo artículo 87 detalla los supuestos y las formas de decidir sobre ausencias temporales y definitivas del jefe del gobierno local y que por cierto, in fine, prescribe que “Se consideran ausencias absolutas: la muerte, la renuncia, la incapacidad física o mental permanente, certificada por una junta médica, por sentencia firme dictada por cualquier tribunal de la república y por revocatoria del mandato.”
El pueblo del municipio Torres no se merece el trato arbitrario del que está siendo objeto, porque son sus derechos –y no sólo los de un funcionario- los que se conculcan cuando así se procede.
No es que no me dé cuenta de la realidad actual, pero me resisto a dar por descontado que cómo se hace y que la Constitución y la ley, como aquellas órdenes del rey de España que me dijeron en las clases de Historia en mis años lisandristas, “se acatan pero no se cumplen”. Y protesto.
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